Si, se convalidan para los TAFAD (TSEAS), CCAFD y otros TD
Hay que asistir al 80% de las horas lectivas de cada asignatura.
Sólo se puede hacer online la parte el bloque común.
Las pruebas de acceso tienen una validez de 2 años. Por lo tanto serían válidas si se realizaron dentro de ese plazo.
Primer paso: enviar el comprobante de hacer realizado la prueba de acceso.
Segundo paso: Podrás acceder a matricularte a través de nuestra plataforma web.
Hay alojamiento en la misma instalación que se podrán alquilar tanto para uso individual como compartido.
Lo hacemos nosotros una vez que el alumno se ha matriculado. La convalidación del bloque común se realizará desde el centro de formación Alúa una vez que el alumno se ha matriculado y ha entregado la titulación correspondiente.
Las titulaciones equivalentes al título de Educación Secundaria Obligatoria establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE) son:
No. El Graduado Escolar ya no existe, ya que era el título que se obtenía al superar los estudios de EGB que ya desaparecieron. En la actualidad, el título que se obtiene al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria es el de Graduado en ESO.
El título de Graduado Escolar es equivalente al título de Graduado en ESO a efectos laborales pero no a efectos académicos.
Las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional están destinadas a todas aquellas personas que desean cursar un ciclo formativo y no poseen el requisito académico necesario.
Si deseo acceder a un ciclo formativo de grado medio y no poseo el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria u otra de las condiciones académicas de acceso, la superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio me permite continuar mi formación acreditando que poseo los conocimientos y habilidades suficientes para cursar estas enseñanzas.
Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
Los aspirantes deben realizar una prueba con dos partes:
Fase General. Consta de los siguientes ejercicios: comentario de texto, Lengua Española y traducción de un texto en lengua extranjera.
Fase Específica. Los ejercicios se centran en las especialidades elegidas: Biología, Dibujo Artístico, Dibujo Técnico, Economía de la Empresa, Física, Geografía, Historia de la Filosofía, Historia General y del Arte, Historia de la Música y la Danza, Latín, Matemáticas, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales, Química y Tecnología Industrial.
La prueba se supera si se obtiene cinco o más puntos en el promedio de las calificaciones de las dos fases, siempre que en cada una de ellas se haya obtenido por separado cuatro o más puntos.
Consulta los requisitos y plazos de las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
Curso de preparación
El Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía (IEDA) ofrece un curso para preparar la prueba de acceso a la Universidad si tienes más de 25 años.
Esta formación, de 28 semanas de duración, se realiza a distancia a través de su aula virtual, con la atención permanente del profesorado.
Curso de preparación para el acceso a la Universidad para mayores de 25 años del IEDA
Acceso a la Universidad para mayores de 40 y 45 años
Acceso para mayores de 40 años con experiencia laboral y profesional
El procedimiento de acceso consta de dos fases
Valoración de la experiencia. Se tienen en cuenta aspectos como el tiempo de experiencia laboral y profesional, su afinidad con la familia profesional solicitada y el nivel de competencia.
Entrevista. Sólo se realiza si se supera la fase de valoración. El resultado será de apto o no apto.
Más información:
Consulta las condiciones de acceso para mayores de 40 años
Conoce los requisitos que permiten el acceso a la Universidad a mayores de 40 y 45 años (BOJA 19 de noviembre de 2014)
Acceso para mayores 45 años sin experiencia laboral o profesional
Para quienes ya han cumplido los 45 años y no tienen una formación reglada para el acceso a la Universidad existe una prueba adaptada en la que la personas aspirante tiene que hacer un comentario de texto o desarrollar un tema general de actualidad y un examen de Lengua Española. Asimismo, hay que realizar una entrevista personal.
La calificación de la prueba es la media aritmética de los dos ejercicios siempre que en cada uno se haya obtenido cuatro o más puntos. Se aprueba esta evaluación si la citada media aritmética es de cinco o más puntos y se declara apta a la persona aspirante en la entrevista personal.
Consulta las condiciones de acceso para mayores de 45 años
– Realiza el vuelco, salida y reembarque desde el agua en un kayak polivalente sin apoyo en el fondo volviendo a una situación estable sobre el kayak polivalente
Prueba 2. Autorrescate tras vuelco en kayak polivalente.
– Con el kayak polivalente flotando en aguas profundas:
– Maniobra con un kayak polivalente, navegando en todas las direcciones y realizando giros mediante el empleo de técnicas adecuadas.
Prueba 3: Navegación y dominio de paleo.
– Desde la posición de salida en el centro del rombo realizará de forma continua y respetando el orden establecido las siguientes acciones en menos de 2 minutos:
Prueba 4: Dominio básico de la natación
Equipado con ropa de paleo y chaleco, nadar 50 metros en menos de dos minutos sin ayuda externa ni reposo significativo.
Descripción PRUEBA DE ACCESO ESPECÍFICO (prueba combinada con aletas):
Según la INSTRUCCIÓN 17/2020, DE 7 DE JULIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO DE CARÁCTER ESPECÍFICO EN LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y OTROS ASPECTOS RELATIVOS A LA MATRICULACIÓN PARA EL CURSO 2020/2021.
Para las exenciones a la prueba de acceso de carácter específico para deportistas de alto nivel o de alto rendimiento se tendrán en cuenta los requisitos y los plazos para acreditar tal condición establecidas en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, y de deportista de rendimiento andaluz establecidas en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía.
Según el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel u alto rendimiento, en su artículo 9.
3. Enseñanza postobligatoria.
a) Formación Profesional. En relación con los ciclos de grado medio y grado superior, las Administraciones educativas establecerán una reserva mínima del cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y que cumplan los requisitos académicos correspondientes.
En lo referente al acceso a las enseñanzas conducentes a los títulos de formación profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos.
Según Decreto 55/2012, de 6 de marzo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía.
Artículo 17. Acceso de los deportistas y las deportistas de rendimiento de Andalucía o equivalentes a las enseñanzas deportivas.
1. De acuerdo con lo previsto en los artículos 67 y 85 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 53 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y de alto rendimiento, así como en los artículos 34 y 35 de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte de Andalucía y en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía, quienes acrediten la condición de deportista de rendimiento de Andalucía o equivalente, estarán exentos de cumplir los requisitos de carácter específico para tener acceso a las enseñanzas deportivas en la modalidad o especialidad correspondiente.
2. Para la acreditación de competencias relacionadas con los requisitos de carácter específico que proceda otorgar a aquellos deportistas con licencia expedida u homologada por la respectiva Federación deportiva española, que cumplan alguna de las condiciones que a continuación se enumeran, se estará a lo dispuesto en los reales decretos que establezcan los títulos y las enseñanzas mínimas correspondientes a cada especialidad o modalidad deportiva:
a) Estar calificado como deportista de rendimiento de Andalucía o equivalente.
b) Haber sido seleccionado por la correspondiente Federación deportiva española para representar a España, dentro de los dos últimos años en, al menos, una competición oficial internacional de la categoría absoluta.
c) Pertenecer a otros colectivos propios de la modalidad deportiva que, por su nivel técnico y la experiencia deportiva, establezcan los reales decretos que establezcan los títulos y las enseñanzas mínimas correspondientes a cada especialidad o modalidad deportiva.
Se acredita enviando la publicación del Boletín oficial donde aparece todos los datos del deportista y este vidente en el momento de la prueba de acceso. O certificado de la federación española acreditando al menos una competición oficial internacional en categoría absoluta.
El llevar 10 años a máximo nivel y compitiendo no acredita la condición de alto rendimiento.
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